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II. NORMAS
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Haber
obtenido al menos una calificación de MUY BUENO en Clase de Jóvenes o
Trabajo en exposición monográfica autorizada por el Real CEPPA. (Nota de
advertencia: A partir del 1 de enero de 2006, se exigirá haber obtenido
al menos una calificación de MUY BUENO en Clase de Jóvenes o Trabajo en
exposición monográfica del Club y, haber superado la prueba de
socialización BH en prueba autorizada por el Real CEPPA).
No
obstante,
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si el
ejemplar tiene aprobado algún grado de adiestramiento de las escuelas
CEPPA, SchH o RCI, bastará la calificación de BUENO obtenida en Clase
Trabajo en exposición monográfica autorizada por el Real CEPPA.
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si el
ejemplar es un perro importado que no ha competido todavía en España,
podrá sustituirse la documentación solicitada en el apartado c), por el
tener en vigor el Körung de 1ª o de 2ª del SV o por el tener en vigor la
confirmación en el país de origen y el haber obtenido una calificación
de EXCELENTE.
Tampoco
les será expedido dicho certificado a los ejemplares que tengan
consanguinidad: 1-1, 1-2, 2-1, 2-2, 1-3 ó 3-1.
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Las
camadas nacidas de ejemplares que no tengan el certificado de aptitud
para criar o que no hayan sido expresamente autorizados por la Junta
Directiva del Club para realizar un determinado apareamiento, no serán
tatuadas ni inscritas en el Libro de Tatuajes del Real CEPPA, y se
procederá disciplinariamente contra el socio criador infractor, por
causa muy grave.
III. CLAUSULA
DEROGATORIA
Con la publicación del
presente Reglamento quedan derogadas las normas y reglamentos dictados con
anterioridad por la Junta Directiva del Real CEPPA, relativas a la
obtención del certificado de aptitud para criar.
La Junta
Directiva del Real CEPPA
Madrid, 28 de Mayo de
2005 |